Así, las distintas presentaciones realizadas serán tramitadas por los jueces federales de las distintas jurisdicciones.
El juez del fuero Contencioso Administrativo Federal Enrique Lavié Pico habilitó este jueves la tramitación por separado de cada presentación judicial que se haga contra el Decreto de Necesidad y Urgencia del presidente Javier Milei.
Se trata de otra resolución judicial contra el DNU del Gobierno, que se suma a la nueva medida cautelar de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, que suspende la aplicación del capítulo laboral del DNU.
La decisión adoptada por la cámara del fuero laboral es la segunda cautelar concedida por ese tribunal: el miércoles había hecho lugar a un planteo de la CGT y ahora a uno de la Central de Trabajadores y Trabajadoras de la Argentina (CTA).
En tanto, en el fuero Contencioso Administrativo Federal, el juez Lavié Pico habilitó la feria para tratar, por separado, distintos amparos presentados contra la totalidad del DNU.
De esta manera, se desarma el proceso colectivo en el cual el Gobierno de Javier Milei pretendía que confluyeran todos los cuestionamientos a esa medida.
La decisión del juez habilita a que los jueces federales de distintas jurisdicciones puedan tramitar y resolver en los casos que se abran contra el Decreto de Necesidad y Urgencia 70/23.
El magistrado declaró la inadmisibilidad formal de la acción como proceso colectivo -como había sido considerada la presentación del Observatorio de Derecho de la Ciudad- y comunicó al Registro de Procesos Colectivos, para su “desvinculación inmediata”, informó la agencia Télam.
En esa línea, Lavié Pico ordenó que sean remitidas a “las jurisdicciones correspondientes” las “actuaciones que hubieran sido vinculadas al presente proceso” colectivo, informaron fuentes judiciales.
Fue en ese contexto que el magistrado consideró que se volvía inoficioso el pedido de inhibitoria del Estado Nacional para acumular las causas en trámite en el fuero laboral -donde se dictaron medidas cautelares que suspenden parte del DNU- al fuero Contencioso Administrativo Federal.